Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de industrialización

Estimado/a directivo/a o gerente de parque empresarial federado a FEPEVAL.

 

Se adjuntan las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de industrialización, publicadas en el DOCV el 28/11/16, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

 

Entrando en detalle, ya te adelantamos que, en función de las ayudas que se convoquen a lo largo de 2017, estés al tanto para concretar actuaciones y mejoras en tu área empresarial en el ámbito de los siguientes capítulos:

 

CAPÍTULO I

Subvenciones para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos

Artículo 20. Solicitantes y beneficiarios

  1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en el presente capítulo las entidades siguientes:

1.1. Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.

1.2. Los órganos de gobierno de las comarcas, en el supuesto de su creación, así como de las entidades locales menores, las áreas metropolitanas y de las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana.

1.3. Las sociedades municipales de capital íntegramente local que tengan la consideración de medio propio de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contrato del Sector Público.

1.4. Las entidades de derecho público con sede en la Comunitat Valenciana

 

CAPÍTULO III

Subvenciones para la realización de planes de actuaciones de refuerzo del tejido asociativo para la industrialización sostenible

Artículo 30. Solicitante y beneficiario

  1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente actuación las siguientes entidades:

1.1. Entidades sin ánimo de lucro.

1.2. Agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro y de empresas.

1.3. Entidades jurídicas que gestionen clústers o agrupaciones empresariales pertenecientes a sectores de la Comunitat Valenciana.

1.4. Asociaciones empresariales, así como las entidades de conservación previstas en la normativa urbanística, cuya naturaleza es de derecho público.

1.5. Fundaciones.

Saludos. Diego Romá Bohorques, gerente de FEPEVAL.

 

 

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